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16 diciembre 2013

El lucro de amordazar

El nuevo proyecto de ley que prepara el Ministerio del Interior planea convertir en multas administrativas acciones como desobedecer a un miembro de seguridad privada, manifestarse con elementos que dificulten la identificación del individuo (como pudieran ser pasamontañas o disfraces), olvidar tu documentación en casa, grabar a un policía incluso si es para demostrar un abuso de autoridad, acampar en lugares públicos, difundir convocatorias no admitidas por la administración, hacer un escrache, evitar un desahucio, rodear el congreso para mostrar tu malestar e incluso lucir pancartas que ofendan a símbolos nacionales o religiosos.

Realmente muchas de estas acciones ya están penadas, pero tipificando estas faltas como administrativas el Gobierno (central, autonómico o local) pasa a ser a su vez juez y parte del conflicto. Esto se debe a que una falta administrativa carece de juicio, es una multa impuesta que presupone la culpabilidad del usuario, el cual sólo tiene dos opciones: Pagar o recurrir. En caso de que pague, el multado admite su culpabilidad, mientras que con el recurso éste debe de pasar por el nuevo sistema de "copago" de la justicia y en ocasiones, como pasa con las multas de estacionamiento, sale más caro recurrir que pagar la susodicha multa.

Es decir, las faltas administrativas tienen como objetivo:
  1. Matar al intermediario, en este caso el juez, no vaya a ser que el acusado sea inocente.
  2. Sea inocente o culpable, el acusado pagará dinero de su bolsillo gracias al nuevo y flamante "copago judicial".
Ahora imaginemos el caso de que has sido multado por algo que consideras injusto. Con todo lo expuesto antes, queda aclarado que se te multa sin haber tenido un juicio, sólo por que un miembro de la administración, desde un punto de vista posiblemente subjetivo, dice que eres culpable. No te queda otra que recurrir, pero claro, mientras el recurso está en el aire... y a falta de sentencia firme que diga que eres inocente, la administración que te multa te sigue considerando moroso. Y aquí viene el siguiente problema.

Cuando la administración te considera moroso, tiene la potestad de reclamar lo que considera que es suyo y puede hacer uso de todos sus cauces legales para conseguirlo. En este caso uno de los primeros pasos será notificar la multa a la Agencia Tributaria para que este intente cobrártela (#truestory). Primero te envía un aviso certificado diciendo que les pagues a ellos la multa (y no a la administración), sumando a ella un recargo adicional por demora (estamos hablando de un recargo de 60 a 100 euros para una multa administrativa de 500). Es decir: Eres inocente, has pagado el recurso con el nuevo sistema de "copago judicial", aún no hay sentencia firme diciendo que eres culpable y la Agencia Tributaria ya te está reclamando la multa con un recargo adicional. Y en caso de no pagarles seguramente acabarán embargando parte de tu nómina o dándote una sorpresa en tu próximo borrador de la renta. Con todo ello creo que queda claro el afán recaudatorio de este proyecto ley... pero es que aún hay más.

¿Podría ser peor? Sí, puede. Este proyecto de ley también permite que los vigilantes de seguridad retengan a personas fuera de su establecimiento privado en caso de detectar una violación administrativa. Hay que aclarar que todo ciudadano está en la obligación de actuar o detener a una persona pillada en flagrante delito, pero ahora un vigilante podrá identificar e incluso cachear al mendigo que pida dinero en la puerta del supermercado o a los chavales que fuman porros en el banco de al lado. Mucha gente interpreta mal el proyecto de ley pensando que esto se hace para que puedan atrapar un ladrón en caso de que robe algo de una tienda, pero hay que tener en cuenta dos cosas:
  1. La labor principal de los vigilantes de seguridad debe de ser velar por la seguridad del establecimiento. Es decir, está claro que evitar un hurto o un robo puede ser importante para el cuadre del negocio, pero su función principal es proteger a los empleados de atracos o intimidaciones. Darles competencias fuera de su local privado abre otras peligrosas vías... ¿en un futuro próximo veremos cámaras de seguridad privadas en lugares públicos?
  2. Todo ciudadano está obligado a actuar en caso de pillar a otro individuo en flagrante delito. Es decir, un vigilante de seguridad, con la ley actual, ya puede correr tras un ladrón, incluso en un espacio público, para retenerlo hasta que venga la policía.
La cosa es que en la actualidad, tanto en el caso del mendigo como en el caso de los chavales que fuman porros, los vigilantes de seguridad ya pueden perféctamente avisar a un policía local (o nacional) para que actúen en consecuencia, por lo que su aumento de competencias nos puede hacer plantear dos hipótesis:
  1. Se pretende externalizar a la policía local. Lo que en cristiano significa "privatizar" a los policías locales. Si los vigilantes pueden hacer las mismas competencias que los locales, estos ya no son necesarios (todo dependerá si los vigilantes podrán aplicar o no sanciones administrativas, habrá que ver el borrador final del proyecto de ley).
  2. Se pretende incrementar las arcas de la administración haciendo que los vigilantes identifiquen a ciudadanos para que sea más fácil denunciarles cuando acuda un policía al lugar de los echos.
Si a los dos puntos anteriores sumamos las nuevas faltas administrativas que he nombrado al principio, podríamos ver cosas tan kafkianas como que los vigilantes de seguridad puedan identificar a manifestantes enfrente de su negocio para posteriormente ser multados por un policía local por la vía administrativa. Es decir, la palabra del vigilante servirá para multarte si protestas enfrente de un banco por haber sido estafado por las preferentes o por protestar enfrente de una agencia de viajes que ha anunciado una bancarrota.

¿Os ha parecido una entrada demagógica? Bueno, el ejemplo actual más claro es la ORA. Una empresa privada que gestiona el estacionamiento de pago... sobre suelo público... de varías ciudades de España. No son policías, pero sus empleados imparten multas administrativas que se aplican sin que un juez lo haya estudiado. ¿A que ya no os suena tan descabellado lo que acabo de escribir?

Atad los cabos, está sucediendo:
  1. Justicia de copago puesto como recorte de gasto público. 
  2. Multas administrativas para liberar a los jueces.
  3. Subir las capacitaciones de la seguridad privada para agilizar el trabajo de las fuerzas del orden.
De lo que se interpreta:
  1. Quieren que pagues dinero cuando recurras.
  2. Quieren que recurras sin ni siquiera haber ido a juicio.
  3. Quieren que recurras sin ni siquiera haber sido identificado por un policía.

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